Estudio Técnico
Realizamos el proyecto de Gas, tanto en BP y MP según el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos aprobado por RD919/2006, para que su instalación de gas cumpla con la normativa vigente.
Diseño Óptimo de la Instalación
Diseñamos la instalación de gas en todo tipo de establecimientos; oficinas, viviendas, edificios industriales, locales y centros comerciales, hoteles, bodegas y aparcamientos.
Proyecto Integral
Realizamos la gestión integral: Proyecto de Gas y legalización en la D.G. de Industria. Realizaremos la gestión integral para la petición o ampliación de suministro, tanto si se requiere de memoria técnica o de proyecto de gas.
Legalización de Instalaciones
Somos especialistas en la legalización de su Instalación de Gas cuando se realizan reformas parciales o integrales de infraestructuras: cambios de acometida, contadores, Reguladores, Deflectores, Limitadores de presión-caudal, Inversores, Válvulas de solenoide, Juntas dieléctricas, Dispositivo de recogida de condensados, Válvulas de retención, Detectores de fugas.
Equipo Experto
Requerimientos de Proyecto
Instalaciones que tienen requieren obligatoriamente un proyecto de gas son: instalaciones receptoras de combustibles gaseosos y las instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos.
Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos: | |
Las instalaciones individuales, cuando su potencia útil sea superior a 70 kW. | |
Las instalaciones comunes, cuando su potencia útil sea superior a 2.000 kW. | |
Las acometidas interiores, cuando su potencia útil sea superior a 2.000 kW. | Las instalaciones suministradas desde redes que trabajen a una presión de operación superior a 5 bar. | Las ampliaciones de las instalaciones indicadas anteriormente, cuando la instalación resultante supere en un 30% la potencia de diseño de la inicialmente proyectada. | Las instalaciones que empleen nuevas técnicas o materiales, o bien que por sus especiales características no puedan cumplir alguno de los requisitos establecidos en la normativa que les sea de aplicación, siempre y cuando no supongan una disminución de la seguridad de las mismas. |
Instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos: | |
Instalaciones de almacenamiento que alimenten a instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización. | |
Instalaciones de almacenamiento que dispongan de vaporizador, equipo de trasvase o boca de carga a distancia enterrada o que no discurra por terrenos de la misma propiedad; Instalaciones de estaciones de almacenamiento ubicadas en lugares de libre acceso al público. | |
Instalaciones de almacenamiento con capacidad superior a 13 m3. |
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